Profesora que se casó con un menor no será despedida, MEP apelaría la decisión

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MEP Regional Pérez Zeledón.

Pérez Zeledón.  El Tribunal de Servicio Civil, declaró improcedente la solicitud de despido formulada por el MEP contra la educadora del Colegio Técnico Profesional de San Isidro del General, que se casó el pasado 4 de julio del 2016, con un estudiante de quince años de edad, de ese mismo centro educativo.

El Tribunal consideró que a la fecha del hecho, el matrimonio de una persona menor de edad con otra persona adulta no estaba prohibido por la ley de relaciones impropias, en consecuencia, la educadora no había incurrido en falta alguna que ameritara su destitución, por lo que la liberó de toda responsabilidad.

El MEP respeta lo resuelto por el alto Tribunal, pero no comparte dicha argumentación, porque en este caso,  la persona adulta que contrae matrimonio con el menor, no es una persona civil cualquiera, sino una profesional de la educación que conforme dispone la Ley Fundamental de Educación y la Ley de Carrera Docente, debe “observar, dentro y fuera del plantel, una conducta acorde con los principios de la moral y las buenas costumbres.

Por estas razones el MEP estará solicitando en los próximos días, a la Procuraduría General de la República, que interponga las acciones judiciales necesarias para que un Juez o Jueza de la República, anule la resolución dictada por el Tribunal de Servicio Civil y para que en su lugar ordene continuar con los procedimientos administrativos para la separación de la educadora de su cargo. Entre tanto, se ha instruido a la Dirección de Recursos Humanos del MEP, para que mantenga reubicada a la docente, con un cambio de funciones para que no entre en contacto con estudiantes mientras no medie una resolución judicial.

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