Resolución Alterna de Conflictos y Justicia Restaurativa se integran a la tramitación de audiencias virtuales

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Los Magistrados y Magistradas de la Corte Plena aprobaron el “Protocolo para la realización de audiencias de Resolución Alterna de Conflictos y Justicia Restaurativa por medios tecnológicos en los Centros de Conciliación del Poder Judicial».

Este protocolo tiene como objetivo ofrecer a las personas usuarias la posibilidad de realizar audiencias a través de medios virtuales, con el fin de dar continuidad al servicio, salvaguardando la salud tanto de las personas usuarias, como de quienes laboran para el Centro de Conciliación en todas sus sedes y con la posibilidad de brindar un acceso de forma oportuna a la resolución alterna del conflicto planteado ante el sistema judicial.

Esta modalidad busca que las audiencias que deban ser llevadas a cabo mediante plataformas tecnológicas brinden el servicio a las personas usuarias y garanticen la seguridad, confidencialidad y autenticidad en la obtención de la información, al llevarse a cabo en tiempo real con las partes intervinientes en lugares distintos.

El ámbito de aplicación de este protocolo comprende las audiencias de Resolución Alterna de Conflictos y Justicia Restaurativa en todas las materias y jurisdicciones que se atienden en el Centro de Conciliación y sus sedes actuales y futuras, y su acatamiento será de carácter obligatorio para dichas oficinas.

Dentro de los aspectos que incluye el protocolo, destacan el tema de los lugares de locación de las partes, donde se otorga la posibilidad a la persona juzgadora de ejecutar la audiencia desde el despacho judicial o la casa de habitación en caso de teletrabajo, así mismo, se permite la ubicación de las partes intervinientes en un lugar de domicilio físico o social que cumpla con los requisitos técnicos.

Estos requisitos técnicos son la posibilidad de contar con equipo tecnológico con cámara y micrófono, una buena conexión a internet y un espacio apropiado que permita la confidencialidad del proceso, no será requisito que las partes y sus abogados o abogadas se encuentren en el mismo lugar.

Por otra parte, el documento también contiene los lineamientos en temas de vestimenta, en donde se establece que todas las personas participantes deberán respetar las reglas de vestimenta establecidas por el Poder Judicial para las audiencias presenciales.

El protocolo incluye todas las fases del proceso, desde las actuaciones previas, en lo que refiere al señalamiento de las audiencias, las actuaciones durante el desarrollo de estas y su conclusión. La audiencia de Conciliación o de Justicia Restaurativa es privada, por lo que únicamente podrán estar en ella las partes debidamente apersonadas al proceso y/o sus abogados o abogadas.