Agrupaciones comunales recibirán recursos del Fondo por Girar

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Pérez Zeledón. El Consejo Nacional de Desarrollo de la Comunidad aprobó la distribución del Fondo por Girar correspondiente al ejercicio presupuestario 2021 y que es dirigido a apoyar la labor sustantiva de las organizaciones de desarrollo creadas al amparo de la Ley N°3859 sobre Desarrollo de la Comunidad.

Mediante la sesión extraordinaria 037-2021, el Consejo Nacional aprobó el giro de los recursos del Fondo por Girar para un total de 2.247 organizaciones que se encontraban al día con sus obligaciones legales y administrativas ante Dinadeco, según lo estipulado en el artículo 19 de la ley 3859.

En total se aprobó la distribución de 5.085.350.546,42 de colones entre las federaciones, uniones cantonales y zonales, asociaciones de desarrollo integrales y  asociaciones de desarrollo específicas.

La distribución de los recursos aprobada por el Consejo y que será depositada en los próximos días a las organizaciones de desarrollo es la siguiente:

  • Federaciones recibirán la suma de nueve millones quinientos sesenta y un mil trescientos sesenta y dos colones con 92 céntimos (₵9.561.362,92) cada una.
  • Uniones cantonales y zonales de asociaciones de desarrollo recibirán la suma de cuatro millones setecientos ochenta mil seiscientos ochenta y un colones con 46 céntimos (₵4.780.681,46) cada una.
  • Asociaciones de desarrollo integral recibirán la suma de dos millones trescientos noventa mil trescientos cuarenta colones con 73 céntimos cada una (₵2.390.340,73) cada una.
  • Asociaciones de desarrollo específicas recibirán la suma de un millón ciento noventa y cinco mil ciento setenta colones con 37 céntimos (₵1.195.170,37) cada una.

Es importante destacar que el monto a distribuir incluye los mil millones aprobados de manera extraordinaria por el Ministerio de Hacienda y que fueron debidamente liberados para su respectiva distribución.

Para tener derecho al Fondo por Girar, las organizaciones tenían que estar al día con las liquidaciones de recursos que hayan sido girados por Dinadeco o por otras entidades del Estado, incluyendo el Impuesto al Cemento que reciben las organizaciones de Cartago.

Asimismo, deben tener al día la personería jurídica y haber presentado el informe económico anual, incluyendo el informe sobre la ejecución de los superávits.

Cabe indicar que el girar estos recursos depende de que haya contenido económico para hacer los respectivos depósitos.