Padres de familia denuncian que a hijo no le quieren aplicar prueba de ampliación, ¿qué dicen en el colegio?

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Negarle la posibilidad a su hijo de que pueda hacer las pruebas de ampliación de Estudios Sociales en el Liceo Fernando Volio Jiménez de Palmares en Pérez Zeledón, para pasar de octavo a noveno, es lo que tiene muy molestos a Roy Rodríguez y Cinthya Calderón, padres de familia, quienes afirman que han acudido a diferentes instancias.

Según explicaron, en este año 2026, su hijo no ha ido a clases, esperando que se resuelva el tema.

Detallaron, que todo inició a finales del año pasado, cuando el profesor de la materia, le indica a su hijo que no tiene derecho de ir a convocatoria, debido a la gran cantidad de ausencias que tiene.

Por lo que toman la decisión de ir al colegio, llevando el cuaderno de comunicaciones y el libro de la clase.

De acuerdo con la madre de familia, tras una revisión la nota de su hijo pasaba de un 53 a un 63.2, no obteniendo la nota mínima, sin embargo, no le dieron la opción de presentar.

El problema, afirma la madre del joven, que no hubo comunicación del profesor sobre las ausencias que al parecer tiene su hijo y que ella se presentó al colegio sobre un documento que había entregado sobre las condiciones de su hijo.

Tras no encontrar una solución para que su hijo pudiera presentar, acudieron a la dirección regional del MEP, donde fueron atendidos por el asesor regional de Evaluación, Pablo Murillo, quien conoce la situación y emite un documento, del cual tiene copia TV Sur, donde recomienda a la dirección del centro educativo, la aplicación de las pruebas de ampliación, como medida correctiva derivada del vicio identificado en el debido proceso evaluativo.

Con respecto a este documento, fue analizado posteriormente por la dirección del centro educativo, donde se manifiesta la dirección administrativa de no aplicar las pruebas de ampliación al estudiante, porque no cumple los requisitos establecidos en el reglamento de Evaluación de los Aprendizajes para el curso lectivo 2025.

Estos padres de familia, se encuentran preocupados porque su hijo no ha ido al colegio.

Con respecto a este tema, buscamos la posición de la directora del Liceo, Briguitte Guzmán, quien manifestó lo siguiente:

Como directora del centro educativo, comprendo la preocupación externada por los padres de familia del estudiante y respeto el derecho que tienen de acudir a las instancias que consideren pertinentes.

No obstante, por tratarse de una persona estudiante menor de edad y de una situación académico-administrativa particular, la institución no puede referirse públicamente a detalles específicos del caso, en resguardo de la privacidad del estudiante, la confidencialidad del proceso y el debido procedimiento. 

Lo que sí puedo indicar es que el centro educativo ha atendido la situación por las vías institucionales correspondientes, conforme a la normativa vigente del Ministerio de Educación Pública. En todo momento se ha procurado garantizar el derecho de la persona estudiante a ser atendida, así como el cumplimiento de los procedimientos académicos establecidos. 

Rechazamos cualquier señalamiento de persecución hacia el estudiante. Como institución, nuestra prioridad es el bienestar de la población estudiantil, el respeto a sus derechos y la aplicación objetiva de la normativa educativa. 

En relación con la materia de Estudios Sociales y las convocatorias mencionadas, cualquier valoración debe realizarse a partir del expediente académico, los registros institucionales y las disposiciones establecidas por el MEP, por lo que no sería responsable emitir criterios públicos sin respetar los canales formales correspondientes.

En cuanto al docente, cualquier manifestación que desee realizar deberá darse dentro del marco institucional, resguardando igualmente la confidencialidad del caso y el respeto al debido proceso. 

Agradecemos el interés de Tv Sur y reiteramos nuestra disposición de colaborar con las instancias competentes, siempre dentro de los límites que establece la normativa educativa y la protección de la persona menor de edad.” 

También, buscamos la posición de la dirección regional del MEP en Pérez Zeledón, donde nos indicaron que el asesor brinda es un criterio técnico y que el Reglamento de Evaluación no lo faculta a dar una resolución final, sino que es la persona directora del centro educativo.

“El Recurso de Apelación debe ser resuelto por la persona directora del centro educativo en el plazo de ocho días hábiles posteriores a la recepción del recurso, o la remisión de este por parte del docente que conoció en primera instancia. 

  1. d) La persona directora del centro educativo, antes de resolver, podrá solicitar un informe al docente respectivo y los informes técnicos que estime necesarios al Comité de Evaluación para el Aprendizaje, Comité de Apoyo Educativo, al coordinador del departamento respectivo o a cualquier órgano competente del Ministerio. 

La persona directora resolverá, en definitiva. 

Se exceptúa de la aplicación de este artículo las disposiciones previstas en Pruebas Nacionales de este reglamento”. 

Indicaron en la dirección regional del MEP.