Carmen Picado N.
Pérez Zeledón. Cantillo indicó que se generó una confusión, ya que se rechazó fue un recurso que interpuso el año anterior, una vecina del cantón de apellidos Zúñiga Zúñiga en contra de la Comisión a cargo del Plebiscito, situación que sí fue rechazada.
En el caso de la Acción Inconstitucional y el Recurso de Amparo que interpuso Luis Mendieta ante la Sala, dijo que aún están pendientes de resolver.
La vecina había indicado que la Comisión se comportó de manera arbitraria y que al parecer, medió una campaña de propaganda tendiente a favor de cierto sector y no cumplía la función de informar sobre el proceso consultivo, como debería corresponder.
Al respecto, la Sala al observa que los alegatos expuestos por Zúñiga versan sobre una disconformidad de naturaleza electoral, que deberá ser dilucidada en la sede correspondiente, de modo que según el rol constitucional es el Tribunal Supremo de Elecciones.






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