¿Qué son las Comisiones de Personas Usuarias?

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Pérez Zeledón. Analizan la calidad de los servicios públicos que presta el Poder Judicial es el concepto de las comisiones  de personas usuarias, instancias de participación social que tienen carácter consultivo.

Con este se identifican  las deficiencias que afecten la eficacia y eficiencia de los servicios que brinda el poder judicial y posibilitar mejoras.

Estas comisiones tienen una lista de deberes:

Servir como canal de comunicación y coordinación entre responsables de cada circuito y las personas usuarias.

Emitir criterio sobre aquellos asuntos que le sean consultados por los órganos internos de la institución.

Comunicar a la Contraloría de Servicios, cualquier deficiencia detectada en el desempeño de las y los servidores judiciales y en la calidad de los servicios públicos que presa el Poder Judicial.

Proponer soluciones a las deficiencias del servicio identificadas.

Realizar acciones de control y vigilancia social sobre los servicios que brinda la institución.

Elaborar una minuta o acta de las sesiones que se celebren.

Presentar un informe anual detallado de las labores realizadas

Hay que cumplir algunos requisitos para ser parte de una comisión de personas usuarias, como es residir o laborar dentro del circuito judicial correspondiente, disponer de tiempo y voluntad, asistencia a reuniones y reconocimiento de solvencia moral.

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