El Consejo Superior del Poder Judicial fijó en ¢446.200 el nuevo monto para la comisión de figuras delictivas contenidas en el Código Penal.
La disposición fue adoptada por este órgano administrativo, durante la sesión del pasado 18 de diciembre del 2018.
En ella se acordó comunicar a los despachos judiciales que tramitan materia penal, instituciones, abogadas y abogados y público en general lo siguiente:
“De conformidad con lo que establece el párrafo tercero del artículo 2 de la Ley No. 7337 del 5 de mayo de 1993, que reformó varios artículos del Código Penal, dispuso comunicarles que a partir del 1 de enero del 2019, el salario base a aplicar para definir las penas por la comisión de esas figuras delictivas, así como de las contenidas en otras leyes que refieran a la supracitada norma es de ¢446.200 (cuatrocientos cuarenta y seis mil doscientos colones exactos).”
El salario base servirá como parámetro durante el próximo año, para la determinación de diversas penas establecidas en el Código Penal, así como otras multas e impuestos obtenidos en normas que utilizan ese mismo salario como referencia.
“La denominación “salario base”, contenida en los artículos 209, 212, 216 y 384 del Código Penal, corresponde al monto equivalente al salario base mensual del “Oficinista 1″ que aparece en la relación de puestos de la Ley de Presupuesto Ordinario de la República, aprobada en el mes de noviembre anterior a la fecha de consumación del delito.
Dicho salario base regirá durante todo el año siguiente, aun cuando el salario que se toma en consideración, para la fijación, sea modificado durante ese período. En caso de que llegaren a existir, en la misma Ley de Presupuesto, diferentes salarios para ese mismo cargo, se tomará el de mayor monto para los efectos de este artículo.”