El Pérez Zeledón alega que renuncia de Campos es sin fundamento

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Jeaustin Campos, ex técnico.
Jeaustin Campos, ex técnico.

 

 

 

 

Carmen Picado N.

prensa@tvsur.co.cr

Pérez Zeledón. Según indican, las razones que da Jeaustin Campos con respecto a desordenes administrativos, no tienen fundamento.

Además, que las consideraciones para que se dé el rompimiento contractual están debidamente señaladas en el ordenamiento jurídico y deportivo, por lo que no encuentran ninguna razón que justifique su decisión de estricto orden unilateral, con las consabidas consecuencias de todo orden para nuestra institución.

Señalan que precisamente los extremos del contrato firmado, incluyen una cláusula denominada “conclusión anticipada y resolutoria de contrato” que regula para ambas partes y en forma equilibrada la posibilidad de la rescisión anticipada del contrato, como es en este caso que Campos pretende desconocer.

Por ello, en el Municipal de Pérez Zeledón se ajustarán a la literalidad del contrato, para que se haga efectiva la compensación económica que se taso, para cualquiera de las partes en caso de la ruptura anticipada por la indemnización de los daños y perjuicios causados y acudirán a la vía que se señale oportunamente para hacer valer sus derechos.

En el correo también se indica que en plena pre temporada, Campos dejó el equipo varios días en manos de su asistente técnico para supuestamente atender asuntos personales en Puerto Rico, sin que existiera ningún permiso por parte de la institución.

Esa situación fue conocida por la Junta Directiva por las características de falta de responsabilidad y otras consideraciones que el asunto revestía, sin embargo, a pesar de que no se pudo dar ninguna justificación válida, los directivos en aras de una relación armoniosa, no tomó ninguna medida disciplinaria como correspondía atendiendo el principio de confiabilidad entre las partes.

Finalmente, acotan que en el caso de Campos tenga una oferta por sus servicios profesionales, no lo hace desconocer los términos contractuales establecidos.
 

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