Xinia Zúñiga
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“El asunto fue que me entregó una lista de los funcionarios, los cuales en ese momento (2008) sumaban 34, pero se omitió el monto que ganaban aduciendo que era información privada”, agregó don Alcides.
Ante esta situación Cordero Arias presentó un Recurso de Amparo, por considerar que se estaban violando sus derechos como ciudadano y según indicó, la Sala Constitucional desestimó lo dicho por la licenciada Sobrado Esquivel porque el Artículo 30 de la Constitución Política señala el derecho a la información que tenemos todos los ciudadanos.
Por su parte, la Alcaldesa Municipal, Licda. Rosibel Ramos, sostuvo que no toda la información que se genera en la Municipalidad del cantón es pública y que existe un acuerdo de que los funcionarios del gobierno local no pueden dar información sin que sea de su conocimiento y de los abogados en el caso que corresponda.
“Tenemos diez días para entregar la información que nos soliciten y no digo que no cometemos errores, ya que esta municipalidad es de 140 funcionarios. Además, hay información que la protegen algunas leyes y que no es conveniente que cualquier persona tenga acceso, porque puede ser muy delicado”, recalcó.