Contraloría denegó solicitud de autorización para permuta del Campo de Exposiciones en Pérez Zeledón

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Pérez Zeledón. En un documento enviado por la División de Contratación Administrativa de la Contraloría General de la República, el pasado dos de julio de 2021, se comunica que se denegó la solicitud de autorización para llevar a cabo una permuta de bien inmueble municipal, es decir, del Campo de Exposiciones.

La Municipalidad de Pérez Zeledón, pretendía llevar a cabo una permuta de terreno en forma directa del Campo de Exposiciones en Daniel Flores con otro propiedad de la empresa Diunytra, S.A.

En el documento, del cual tiene copia Tv Sur Noticias, se indica que con respecto a este tema, el ente contralor, precisa que como punto de partida se tiene que de acuerdo con el artículo 71 de la Ley de Contratación Administrativa el procedimiento aplicable para la adquisición de bienes inmuebles, es la licitación pública, salvo que se utilicen las facultades de la expropiación o la compra directa, para lo cual se ocupa en este último caso de la autorización de la Contraloría General.

Ahora bien, de los antecedentes y documentación aportada por la Municipalidad, se tiene que a la propiedad municipal objeto de la permuta se le han practicado diversos avalúos desde el año 2016 hasta la fecha.

Sobre el particular, la Contraloría indica que resulta indispensable destacar que llama la atención que los montos establecidos como el valor del inmueble municipal varían de forma significativa entre un avalúo y el otro.

En este sentido, a manera de ejemplo se tiene que en el avalúo que se presenta con esta gestión realizado en el presente año, se le asigna al terreno del bien municipal un valor de ¢1.949.054.504.00, mientras que en el año 2019 mediante el avalúo No. 003-2019 se le asignó un valor de ¢534.547.266.54.

De manera tal, que tomando en cuenta que los avalúos realizados en los diferentes períodos sobre ese mismo bien inmueble municipal, varían notablemente, tanto a nivel del valor del terreno como de la infraestructura.

Es por ello, que la División de Contratación Administrativa, considera que de previo a analizar los restantes aspectos del caso planteado, resulta indispensable contar con un avalúo efectuado a ambas propiedades a permutar por parte de la Dirección General de Tributación.

Lo anterior por cuanto, si bien efectivamente la normativa faculta al personal especializado de la institución para efectuar los avalúos, lo cierto es que se aprecia diferencias División de Contratación Administrativa sustantivas en los avalúos, sin que exista una explicación técnica detallada sobre los elementos que motivan tales variaciones.

De ahí que, considerando podría existir falta de conocimiento técnico especializado que motiva la realización de nuevos avalúos y las diferencias de valor ya referidas, es que en este caso en concreto, se hace necesario que se cuente con los avalúos realizados por la Dirección General de Tributación en atención a su competencia especializada y que se permita dilucidar con mayor detalle los valores correspondientes.

Así las cosas, con base en las consideraciones expuestas, la Contraloría General de la República procede denegar la autorización solicitada.

No obstante, se reitera que esta Contraloría General está en la mejor disposición de analizar una nueva gestión, para lo cual deberán atenderse los requerimientos antes indicados y aportar la correspondiente información de respaldo.